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Empresas > Otros Productos > Dua de Exportación > Dua de Exportación a Terceros Paises > Certificados paraduaneros necesarios para exportación

CERTIFICADOS PARADUANEROS NECESARIOS PARA EXPORTACIÓN     ¡NUEVO!


AYUDA AL EXPORTADOR:

A título meramente informativo, introduzca la Partida Estadística a diez dígitos de la MERCANCÍA objeto de exportación para conocer los Certificado paraduaneros necesarios para poder formalizar el DUA.

EJEMPLO: 0101.10.90.10 - CITES EVETER


Partida Estadística de la mercancía:

ADVERTENCIAS

Correos informa que el resultado de las consultas en esta página web son de carácter general y no pretenden ofrecer asesoramiento profesional o jurídico (si desea realizar una consulta de este tipo diríjase siempre a un profesional debidamente cualificado o a las autoridades competentes) por lo que Correos no asume responsabilidad alguna en relación a la información obtenida en esta web.

Igualmente informa CORREOS que serán a cargo del Exportador/Remitente los gastos derivados de cualquier actuación de las autoridades aduaneras o de los servicios de control en frontera que excedan de las de simple comprobación de la concordancia de los productos a despachar con los documentos o certificados aportados por el Remitente/Exportador, tales como toma de muestras, análisis sanitarios, de farmacia exterior, fitosanitarios etc.

La no presentación de cualquiera de los Certificados necesarios para despachar aduana de salida es motivo suficiente para la devolución de los envíos al remitente.

Correos informa de los siguientes Certificados emitidos por los servicios de control en frontera que los Exportadores/Remitentes deberán presentar junto al Escrito de Autorización de Despacho a Correos a la hora de depositar sus envíos en nuestras Oficinas siempre que opten por Correos para formalizar su DUA de Exportación.

CERTIFICADOS ASOCIADOS A INSPECCIONES A LA EXPORTACIÓN A APORTAR POR EL REMITENTE DE LOS ENVÍOS A LA ADMISIÓN EN OFICINAS:

Certificado SOIVRE (SOVEX)

Necesario para exportar determinados productos alimenticios. Emitido por los Servicios de inspección SOIVRE de las Direcciones Territoriales y Provinciales de Comercio después de comprobar que los productos cumplen los requisitos relativos a la calidad, la especificación comercial, el envasado y el embalaje, indicados en las normas sectoriales.

Comercio mityc

Certificado CITES (CITES)

Necesario para exportar especimenes de incluidas en los Catálogos recogidos en el Convenio Internacional sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre. Debe ser solicitado y obtenido por el Exportador/Remitente antes de iniciar los trámites de exportación o reexportación y es emitido por los Servicios de inspección SOIVRE de las Direcciones Territoriales y Provinciales de Comercio:

Cites

Certificado Veterinario (EVETER)

Para todos los productos destinados a uso y/o consumo humano
El Exportador/Remitente deberá presentar el Documento oficial de control sanitario de mercancías, emitido por los Servicios de Salud Pública de las CC.AA:
MSC

Si además son productos de origen animal
además el Exportador/Remitente deberá de presentar a la admisión de los envíos en las Oficinas de Correos otro (s) Certificados emitidos por Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino que pretenden garantizar la no propagación a otros países de enfermedades infecciosas.

Más información: Cexgan

Certificado Sanitario (Control de medicamentos) (SANEX)

Necesario para exportación de medicamentos para uso humano. El certificado es emitido por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AMPS), y gestionado por Subdirección General de Inspección y Control de Medicamentos.

Más información: Aemps

Control a la exportación de sustancias que agotan la capa de ozono (OZONO)

Ante la prohibición general de exportar sustancias que agotan la capa de ozono así como de productos y aparatos que contengan dichas sustancias o dependan de ellas según el Reglamento (CE) No. 1005/2009 (DOUE L-286 30/10/09), en supuestos y condiciones excepcionales la exportación de este tipo de mercancías requerirán que el Exportador/Remitente presente una licencia de exportación comunitaria, siendo la autoridad competente para su emisión la Dirección General de Medio Ambiente de la Comisión Europea y a nivel nacional, el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, SDG de Calidad del Aire y Medio Ambiente Industrial.

Más información:
http://ec.europa.eu/environment/ozone/ods_export.htm

MMA

OTROS CERTIFICADOS PARADUANEROS A APORTAR POR LOS EXPORTADORES A TERCEROS PAÍSES:

CONTROL OBSERVACIÓN INFORMACIÓN
Patrimonio Histórico Artístico
(PATRI|E|)
CCAA
Ministerio de cultura
 
Autorización de precursores de drogas
(SICO|E|)
Autorización
Previa

Vigilancia Aduanera

Dirección General de Aduanas e IIEE
Aeat
Exportación material de doble uso Reglamento (CE) No. 428/2009 (DOUE L-134 29/05/2009)

ANEXO I: LICENCIA DE EXPORTACIÓN
Comercio mityc
Exportación de productos químicos peligrosos
(CHMEX|E|)
Reglamento (CE) No. 689/2008

NECESARIO OBTENER NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN DE REFERENCIA
Edexim

MMA

Envíos certificados
Postal Exprés
Reembolso