¿Tus envíos proceden del exterior de la Unión Europea? Si la respuesta es que sí… ¡Tienes que seguir leyendo!
A partir del 15 de marzo de 2021 entra en vigor una nueva normativa de la Unión Europea con el objetivo de proteger el mercado único y sus ciudadanos. Correos deberá informar, obligatoriamente y por anticipado, al Sistema de Control de Importación 2 de la UE (ICS2) sobre los datos de las mercancías que se introduzcan en España por vía aérea.
¡No te preocupes! Solo tendrás que asegurarte de introducir bien todos tus datos personales al registrar tus pedidos.
Los datos deberán facilitarse en formato electrónico por el país de origen de la mercancía (un país fuera de la UE), o por la plataforma de venta/ web donde se realice la compra. Gracias a esta información, la Aduana realizará los controles de seguridad permanentes, ya vigentes en el Código Aduanero de la Unión (CAU).
Siempre y cuando los datos facilitados sean correctos y verdaderos, como destinatario de los envíos en España, recibirás tus pedidos siguiendo los cauces habituales de importación sin ningún problema.
Siempre que realices un pedido fuera de la Unión Europea debes saber que pasará por el control aduanero del Sistema de Control de Importación 2 de la UE. ¿Qué puedes hacer para que tu pedido llegue correctamente?
Una vez que realices tu pedido online, es muy importante que proporciones los Datos Necesarios (en el que te mostramos qué información necesitan tus pedidos a partir de ahora para llegar a casa) correctamente al vendedor o plataforma online. De este modo, tu envío pasará todos los filtros de seguridad requeridos y lo recibirás lo antes posible. ¡No te olvides de indicar información tan importante como tu dirección postal completa, tu teléfono o tu email!
Datos Necesarios:
Cliente: introducción de datos personales antes de registrar un pedido:
Una vez que proporciones todos tus datos correctamente, no tendrás que preocuparte de nada más.
Serán las empresas, vendedores online y plataformas ubicados fuera de la Unión Europea quienes deberán acreditar todos los datos electrónicos, a través del operador postal del país, necesarios para que tu envío llegue sin ningún problema.
Si los datos requeridos por ICS2 son correctos y veraces, este filtro adicional de seguridad no afectará ni al importador ni al destinatario de las mercancías en España.
El hecho de intercambiar vía electrónica por adelantado la información de los envíos no es una regulación nueva dentro de la Unión Europea. Existe desde el 1 de enero de 2021 y, esta normativa se estableció en un acuerdo entre los operadores postales del mundo (la Unión Postal Universal).
Actualmente, todos los envíos que entran a la UE deben de llevar adherido al menos uno de estos dos documentos, llamados CN22 y CN23, que son las Declaraciones de Adunas Postales en papel con código de barras. Ambos documentos acreditan tanto los datos del destinatario y remitente como la descripción y el valor de la mercancía que incluye cada envío.
Es fundamental, realizar una descripción correcta y detallada del contenido en la documentación postal de envío (Declaración de Aduana Postal CN22 o CN23 así como en la documentación que acompañe al envío, factura proforma, factura comercial etc.). Sin ella, puede ser seleccionado para una inspección por las Autoridades españolas o directamente rechazado por ICS2.
¡Importante! Las descripciones deben ser siempre concretas, es decir, los documentos deben exponer claramente qué contiene el paquete y no la categoría de producto a la que pertenece. Por ejemplo, si la mercancía del envío son camisetas de algodón de hombre y en la descripción aparece “ropa”, la declaración de Aduana Postal puede no ser aceptada. De la misma forma y a modo de ejemplo, si lo que se envía son CDs de música , debe aparecer como tal en la descripción y no como un “regalo”.
Todos estos documentos necesarios son proporcionados y adheridos por los operadores postales de los países de origen a la hora de enviar los pedidos.
Tal y como se ha mencionado previamente, las empresas, plataformas o vendedores online de fuera de la UE, deben asegurarse de proporcionar los datos correctamente al operador postal de origen y, éste de transmitirlos por vía electrónica correctamente y lo antes posible a Correos (operador postal en España), por los canales de comunicación establecidos.
En caso de que alguno de los datos no sea correcto, es probable que no se obtenga la autorización de entrada de ICS2 por parte de las Aduanas, en base a los datos necesarios. En este caso, el envío ni siquiera tendrá autorización para cargarse en el avión de origen.
Es muy importante tener en cuenta que las declaraciones de Seguridad con información deficiente serán rechazadas o sometidas a intervenciones e inspecciones, pudiendo dar lugar a sanciones por incumplimiento.
Además, si un envío llegase a la UE por error sin haber sido previamente avisado electrónicamente por el operador postal de origen, será retenido en la Aduana para proceder a su inspección.
Las aduanas no procederán al despacho de las mercancías, pudiendo dar lugar también a sanciones por incumplimiento de los requisitos legales.
De acuerdo a la legislación vigente, los envíos pueden ser devueltos a origen o, incluso, destruidos por incumplimiento de la normativa.
La nueva regulación de la Unión Europea será aplicada por El Sistema de Control de Importación 2 (ICS2 - Import Control System 2 en inglés). Éste es el nuevo sistema de seguridad que gestiona la información de las declaraciones de seguridad electrónica de todas las mercancías que entran en el territorio de la Unión Europea.
¿Te estás preguntando cuál es su objetivo? ¡Te lo contamos!
La misión del ICS2 es proteger mejor el mercado único europeo y a sus ciudadanos mediante nuevas medidas de seguridad y protección aduaneras. Para que no entren en Europa productos peligrosos o dañinos para la salud, por ejemplo. De este modo, pretende facilitar el libre flujo de intercambios comerciales mediante procesos de seguridad adaptados a los modelos de negocios mundiales. Por ello, su control se realiza en base a los datos electrónicos de cada mercancía.
¿Cómo funciona el ICS2?
Aunque se prevé que la nueva regulación aduanera de la UE evolucione progresivamente en los próximos años, a partir del 15 de marzo de 2021 entra en vigor únicamente la primera fase. El objetivo de ésta es modernizar y fortalecer los procesos aduaneros en Europa hacia la Digitalización de servicios.
Durante esta fase, el ICS2 se centrará en el control del transporte aéreo de mercancías postales desde países de fuera de la Unión Europea a cualquier país de la UE.
Estas mercancías deben ser pre-avisadas electrónicamente por el operador postal de origen no-UE (al operador postal de destino (por ejemplo, del Operador Postal de China a Correos, que es el operador postal de España).
Gracias a este trámite, se realizaran las declaraciones de Seguridad y se enviarán al sistema de ICS2, del que forman parte todas las Aduanas europeas. De este modo, se obtendrá la autorización de entrada en la UE antes de su carga en el avión en origen y de su llegada a la UE, siempre y cuando se cumplan todos los requisitos necesarios explicados con anterioridad.
En 2024, se pretende implantar este sistema de seguridad de forma íntegra en el transporte marítimo, ferroviario y por carretera.
El control por ICS2 representa un nivel adicional de seguridad en la aviación civil complementario a los controles habituales a los que deberán someterse las mercancías a su llegada a España según la legislación vigente. La seguridad de los ciudadanos se ve reforzada y, con ella, su bienestar social.
Estas son las ventajas de su implementación:
@CorreosAtiende