Puedes presentar vía web la solicitud del voto por correo, sin necesidad de acudir presencialmente a una oficina de Correos.
¿Quién puede utilizar la aplicación para la presentación de la solicitud electrónica de voto por correo?
No puede ser solicitados por los electores residentes en España que se encuentren temporalmente en el extranjero, ni por los electores residentes en el extranjero que lo soliciten desde su país de residencia.
Es necesario disponer de un certificado DNI Electrónico (obtener DNI electrónico) o un certificado digital válido.
La Oficina del Censo Electoral debe aprobar la solicitud, para que te remita, a la dirección que has indicado en tu solicitud, la documentación para realizar el voto.
Se puede solicitar a partir de la fecha de la convocatoria y hasta el día 24 de abril de 2021.
Posteriormente, podrás ejercer el derecho al voto desde el propio domicilio entregándole al cartero el sobre con el voto el día que vaya a llevarte la documentación.